Elegir PUE o PPD permite documentar cómo se paga la operación y si corresponde emitir un complemento de pago. La regla general depende de si ya recibiste el pago, pero la RMF contempla una opción condicionada para cobrar dentro del mismo mes. Elegir PUE no vuelve deducible un gasto ni permite acreditar IVA antes de pagarlo.
¿Qué es el método de pago en el CFDI?
En el CFDI 4.0, el campo MetodoPago distingue PUE (pago en una sola exhibición) de PPD (pago en parcialidades o diferido). No debe confundirse con FormaPago, que identifica el medio utilizado, ni con las reglas de causación, acumulación o acreditamiento de cada impuesto.
PUE: Pago en una sola exhibición
Como regla general, la clave PUE se registra cuando el pago total se recibe al momento de emitir el comprobante (p. 12). Un aviso de transferencia no debe confundirse con un pago efectivamente recibido.
En este supuesto no se emite un comprobante adicional para recepción de pagos. El ciclo de facturación queda cerrado con un solo documento (p. 6).
¿Cuándo usar PUE?
- El cliente paga en efectivo al momento de la venta.
- La transferencia bancaria ya fue confirmada antes de emitir la factura.
- Se cobra con tarjeta de crédito o débito en el punto de venta.
- Se trata de un anticipo (el dinero ya fue recibido).
Opción de PUE cuando el total se cobra dentro del mes
La RMF 2026 contiene una opción —«Opción para que en el CFDI se establezca como método de pago “Pago en una sola exhibición”»— que permite usar PUE sin haber recibido todavía el total, para efectos de facturación, si se cumplen estas tres condiciones:
- Se pactó o se estima recibir el total a más tardar el último día del mes en que se expide el CFDI.
- El CFDI registra PUE y la forma en que se prevé recibir el pago.
- El total se cobra efectivamente dentro de ese plazo.
Si cambia únicamente la forma de pago, se cancela y reexpide el CFDI con el medio realmente utilizado. Si el total no llega dentro del plazo, se sustituye por un CFDI con PPD y forma 99, relacionado con el original, y se emiten los REP por los pagos recibidos. La misma regla prevé un plazo especial para integrantes del sector financiero; no es una extensión general para cualquier negocio. Fuente: RMF 2026, opción para establecer PUE como método de pago · SAT.
Regla clave: si aún no recibes el pago total, usa PPD salvo que apliques y cumplas la opción condicionada anterior. No basta con esperar que el cliente pague pronto.
PPD: Pago en parcialidades o diferido
La clave PPD se registra cuando el pago se realizará con posterioridad a la emisión del comprobante. Aplica tanto si se liquidará en un solo pago futuro como en varias parcialidades (p. 12).
Es la regla general para operaciones que no se liquidan al expedir el documento, cuando no se aplica la opción condicionada de PUE.
La regla PPD + clave 99
Cuando se selecciona PPD, el campo FormaPago debe registrar 99 (Por definir), incluso si las partes ya acordaron el medio de pago (p. 6). En el REP se registra el medio efectivamente utilizado en FormaDePagoP; consulta el catálogo de formas de pago.
¿Cuándo usar PPD?
- Se factura a crédito y el cobro previsto rebasa el mes de emisión.
- El pago se recibirá en parcialidades.
- Se emite la factura antes de recibir el depósito y no se aplica la opción condicionada de PUE.
- El contrato establece pagos diferidos.
El complemento de pago (REP) en operaciones PPD
Cuando se recibe el pago de una factura PPD, corresponde emitir un CFDI con Complemento para Recepción de Pagos (REP). No se emite un REP por dinero que todavía no se ha recibido.
La regla 2.7.1.32 permite emitir un CFDI con complemento por cada pago o uno que agrupe los pagos de un mes del mismo receptor. Esa opción normativa no implica que cualquier sistema permita agruparlos en su interfaz. Fuente: RMF 2026, regla 2.7.1.32 · SAT.
El plazo vence el quinto día natural del mes siguiente al del pago, y el comprobante tiene reglas de llenado propias: va en ceros y toda la información del dinero vive en el complemento. El detalle campo por campo está en cómo emitir el complemento de pago (REP).
Con la función de complemento de pago de Cofadix puedes generar el REP directamente desde la factura original, sin capturar datos de nuevo. Pruébalo gratis →
Diferencia en el acreditamiento del IVA
Este es el punto que más impacta a las empresas:
| PUE | PPD | |
|---|---|---|
| Momento del pago para acreditar IVA | Mes en que se paga efectivamente, también al aplicar la opción de PUE dentro del mes | Mes en que se paga cada parcialidad, documentada con el REP |
| Documentos necesarios | Solo la factura | Factura + complemento de pago |
| Comprobante adicional | No, si se cumple el supuesto PUE | Sí; por pago o agrupación mensual del mismo receptor |
La regla de fondo no es el método de pago, sino el momento del desembolso. La Ley del IVA condiciona el acreditamiento a que el impuesto conste por separado en el comprobante fiscal (artículo 5o., fracción II) y a que haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate (fracción III).
El complemento de pago documenta el cobro de la operación PPD. En ambos métodos deben cumplirse los demás requisitos de acreditamiento: la tabla no es una autorización automática para acreditar. Fuente: Ley del IVA, artículo 5o. · Cámara de Diputados.
Marcar PUE no adelanta por sí mismo el mes del acreditamiento: importa el pago efectivo.
Errores frecuentes
Error #1: Usar PUE sin cumplir la opción de pago dentro del mes
La expectativa de un cobro próximo no basta. Si se usa PUE antes de cobrar el total, hay que cumplir las tres condiciones de esa opción y dar seguimiento al cierre del mes.
Consecuencia: si el total no se paga dentro del plazo aplicable, debe sustituirse el CFDI por PPD y forma 99, y emitir los REP de los pagos recibidos. Cambiar solo la forma de pago exige corregirla, pero no obliga por sí mismo a cambiar de PUE a PPD.
Error #2: No emitir el complemento de pago en operaciones PPD
Omitir el REP cuando llega el pago deja incompleta la documentación de la operación PPD. Emitirlo tarde o no emitirlo puede configurar la infracción del artículo 83, fracción VII del CFF. Los plazos y el llenado completo están en la guía del complemento de pago.
Error #3: PPD sin clave 99
Registrar PPD pero seleccionar una forma de pago específica (transferencia, efectivo, etc.) es una combinación prohibida. El sistema del SAT la rechazará (p. 6).
Corrección de errores en el método de pago
Cuando se identifica un error en el campo MetodoPago, se debe seguir el protocolo de cancelación (p. 14):
- Emitir el nuevo comprobante con los datos correctos.
- Relacionarlo con clave 04 (Sustitución de CFDI previos).
- Solicitar la cancelación del comprobante erróneo en el portal del SAT.
Casos especiales
Anticipos
En la facturación de anticipos, el primer CFDI siempre debe ser PUE, porque por definición el anticipo es dinero que ya se recibió (p. 71). Se registra la clave de la forma en que se recibió el monto.
Notas de crédito (CFDI de Egreso)
Las notas de crédito siempre usan PUE, ya que el descuento o devolución se considera aplicado de manera inmediata al momento de emitirse. No se permite PPD en comprobantes de egreso (p. 11).
Monedas extranjeras
La moneda y el tipo de cambio tienen reglas propias; no determinan por sí solos si corresponde PUE o PPD. La guía permite registrar el tipo de cambio FIX y describe validaciones del campo TipoCambio; no impone el FIX como regla universal para cualquier CFDI (p. 9).
Resumen: ¿PUE o PPD?
¿Ya tienes el dinero al momento de emitir la factura?
✅ SÍ → PUE — Forma de pago: la real (transferencia, efectivo, tarjeta…)
❌ NO → PPD, con forma 99 y REP al recibir el pago, salvo que apliques la opción de PUE dentro del mes y cumplas sus tres condiciones.
Si usaste esa opción: verifica el cobro total al cierre del mes. Sin pago completo en plazo, sustituye por PPD; si solo cambió el medio de pago, corrige la forma registrada.
Términos relacionados
Definición corta del término que aparece en este artículo: PUE vs PPD · Forma de pago 99
En Cofadix puedes iniciar el complemento de pago desde la factura original. Revisa los cobros recibidos y el plazo aplicable para emitir cada REP.