PUE vs PPD: la diferencia en el método de pago del CFDI
PUE significa pago en una sola exhibición y PPD, pago en parcialidades o diferido. La regla general distingue si ya se cobró; la RMF permite PUE antes del cobro total bajo condiciones y plazo específicos.
Cuándo se usa
El campo MetodoPago admite PUE (Pago en una sola exhibición) y PPD (Pago en parcialidades o diferido). Como regla general, PUE corresponde al pago total recibido al facturar; PPD, al cobro posterior, en uno o varios pagos. Fuente: Guía de llenado del CFDI 4.0, Método de pago · SAT (p. 12).
La RMF contiene una opción para establecer PUE antes de cobrar todo, si se estima cobrar el total dentro del mes de emisión, se registra PUE con la forma de pago prevista y se cobra en plazo. Si solo cambia el medio de pago, se corrige la forma mediante sustitución; si no se cobra el total en plazo, se sustituye por PPD y forma 99 y se emiten los REP de los cobros. La extensión especial para integrantes del sector financiero no aplica de forma general. Fuente: RMF 2026, opción para establecer PUE como método de pago · SAT.
La factura PPD lleva FormaPago 99 (Por definir), aunque el medio se haya acordado. El REP registra el medio efectivamente utilizado. Fuente: Guía de llenado del CFDI · SAT (p. 6).
Con PUE no se requiere REP por ese cobro. En PPD, la norma permite un REP por pago o agrupar los de un mes del mismo receptor. Fuente: RMF 2026, reglas 2.7.1.32 y la opción para establecer PUE · SAT.
La clave PUE no adelanta el acreditamiento del IVA. Entre otros requisitos, el impuesto debe constar por separado y estar efectivamente pagado en el mes correspondiente; PPD requiere además documentar el cobro con el REP. Fuente: Ley del IVA, artículo 5o., fracciones II y III · Cámara de Diputados.
El campo por campo de esta distinción, con los casos especiales de anticipos y notas de crédito, está en la guía de PUE vs PPD.
Ejemplo
Así se distinguen las dos claves del catálogo c_MetodoPago:
| Campo | PUE | PPD |
|---|---|---|
| Momento del pago | Al emitir, o dentro del plazo de la opción condicionada | Cobro posterior, sin aplicar la opción de PUE |
| Forma de pago en la factura | La recibida o prevista bajo la opción | 99 (Por definir) |
| Complemento de pago adicional | No, si se cumple el supuesto | Por pago o agrupación mensual del mismo receptor |
Fuentes: Guía de llenado del CFDI 4.0 · SAT y RMF 2026, reglas 2.7.1.32 y la opción para establecer PUE · SAT.
Error común
Usar PUE por la sola expectativa de que el cliente pagará pronto, sin cumplir la opción de la RMF ni revisar el cobro al cierre del mes. También es un error cambiar automáticamente a PPD cuando únicamente varió la forma de pago: la corrección depende de qué condición se incumplió.
Guía completa: leer el artículo
En Cofadix: ver cómo se hace
Términos relacionados
- Forma de pago 99 — Es la clave del catálogo c_FormaPago exclusiva para comprobantes cuyo pago no se ha recibido al momento de la emisión, y que va obligatoriamente ligada al método de pago PPD.
- Complemento — Un complemento es un bloque de información adicional, definido por el SAT para un sector o actividad específica, que se incorpora al nodo Complemento del CFDI además de sus datos generales.