Régimen fiscal 626: Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Es la clave de régimen fiscal del catálogo del SAT para los contribuyentes, personas físicas o morales, que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Cuándo se usa
626 es la clave del catálogo c_RegimenFiscal con la descripción “Régimen Simplificado de Confianza”. A diferencia de otras claves de ese catálogo, aplica tanto a personas físicas como a personas morales. Fuente: Catálogo c_RegimenFiscal, descarga de catálogos del Anexo 20 · SAT
Para personas físicas, la Ley del ISR permite optar por este régimen a quienes realicen únicamente actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento, siempre que sus ingresos propios de esas actividades, en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de tres millones quinientos mil pesos. Fuente: Ley del ISR, artículo 113-E · Cámara de Diputados
Para personas morales, la misma ley reserva este régimen a las constituidas únicamente por personas físicas, cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no excedan de 35 millones de pesos, o a las que inicien operaciones estimando no rebasar ese monto. Fuente: Ley del ISR, artículo 206 · Cámara de Diputados
La Resolución Miscelánea Fiscal señala, además, que las personas físicas que soliciten su inscripción en el RFC para tributar en este régimen deben hacerlo conforme a la ficha de trámite 1/CFF. Fuente: Resolución Miscelánea Fiscal 2026 · SAT
Y quienes ya tributan en este régimen y reciben pagos de personas morales están sujetos a una retención mensual del 1.25% sobre el monto pagado, sin IVA. Fuente: Ley del ISR, artículo 113-J · Cámara de Diputados
Ejemplo
Así se identifica el régimen 626 dentro del catálogo oficial de regímenes fiscales del SAT:
| Campo | Valor |
|---|---|
| Clave | 626 |
| Descripción | Régimen Simplificado de Confianza |
| Aplica a personas físicas | Sí |
| Aplica a personas morales | Sí |
Fuente: Catálogo c_RegimenFiscal, descarga de catálogos del Anexo 20 · SAT
Error común
El error más común es suponer que el régimen 626 es exclusivo de personas físicas, y por eso rechazar o corregir facturas donde el receptor es una persona moral con este régimen. El catálogo permite ambos tipos de persona, siempre que la persona moral esté constituida únicamente por personas físicas y no rebase el límite de ingresos que fija la Ley del ISR. Para revisar cómo distinguir el régimen correcto según el tipo de contribuyente, conviene repasar qué es RESICO antes de capturar el régimen fiscal del receptor.
Guía completa: leer el artículo
En Cofadix: ver cómo se hace
Términos relacionados
- Régimen 616 — Es la clave de régimen fiscal del catálogo del SAT reservada a receptores sin obligaciones fiscales, como el público en general y los residentes en el extranjero sin RFC mexicano.
- ISR retenido — El ISR retenido es el pago provisional que una persona moral debe retener a una persona física por servicios profesionales o arrendamiento, y enterar directamente al SAT.