← Todos los artículos

Deducciones personales para la declaración anual: qué se puede deducir y sus límites

Las deducciones personales son la parte de la declaración anual donde más dinero se deja sin recuperar, casi siempre por desconocer qué conceptos aplican o por no cumplir el requisito de pago. Esta guía repasa las siete fracciones del artículo 151 de la Ley del ISR, el estímulo fiscal por colegiaturas —que no está en ese artículo— y el límite global que las acota a todas.

Si todavía no sabes si te toca presentar declaración anual, revisa antes Declaración anual de personas físicas.

Quién puede aplicarlas

El artículo 151 de la Ley del ISR está reservado a las personas físicas residentes en el país. Las deducciones personales se suman a las deducciones propias de cada Capítulo del Título IV y se restan hasta el momento del cálculo del impuesto anual, no en los pagos provisionales del año.

Fuente: Artículo 151, Ley del ISR · Diputados

I. Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios

Son deducibles los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales de psicología y nutrición, prestados por personas con título profesional registrado ante las autoridades educativas, así como los gastos hospitalarios.

Aplican para el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, y sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que esas personas no perciban en el año ingresos iguales o superiores al salario mínimo general de su área geográfica elevado al año.

Un supuesto aparte, sin el límite global del artículo: los gastos derivados de una incapacidad (conforme al artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo) o de una discapacidad, cuando la incapacidad o discapacidad sea igual o mayor al 50% de la capacidad normal y se cuente con el certificado correspondiente de una institución pública del Sistema Nacional de Salud. En ese caso el CFDI debe señalar expresamente que el gasto está relacionado con la atención de esa incapacidad o discapacidad.

En ambos casos el pago debe hacerse con cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o de servicios —nunca en efectivo—, salvo que la autoridad libere de esa obligación por tratarse de zonas rurales sin servicios financieros.

Fuente: Artículo 151, fracción I, Ley del ISR · Diputados

II. Gastos funerarios

Deducibles para las mismas personas de la fracción I, hasta por el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Lo que exceda ese monto no es deducible.

Fuente: Artículo 151, fracción II, Ley del ISR · Diputados

III. Donativos

Los donativos no onerosos ni remunerativos a la Federación, entidades federativas, municipios, sus organismos descentralizados, y a las donatarias autorizadas que publica el SAT.

El monto deducible no puede exceder el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, antes de aplicar las deducciones de este artículo. Cuando el donativo se otorga a la Federación, entidades federativas, municipios o sus organismos descentralizados, ese límite baja al 4%, sin que la suma de ambos tipos de donativo rebase el 7% general.

Un candado poco citado: si el donativo se da entre partes relacionadas, la donataria no puede después contratar con quien le donó —comprarle, venderle, rentarle—. Si lo hace, el donante debe acumular como ingreso el monto que dedujo, actualizado desde la fecha de la deducción.

Fuente: Artículo 151, fracción III, Ley del ISR · Diputados

IV. Intereses reales de crédito hipotecario

Los intereses reales —no los nominales— efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios de casa habitación, contratados con instituciones del sistema financiero, siempre que el crédito otorgado por el inmueble no exceda de 750,000 UDIS.

El interés real es la parte que excede al ajuste anual por inflación del ejercicio. La institución financiera debe expedir el CFDI con el monto del interés real pagado.

Fuente: Artículo 151, fracción IV, Ley del ISR · Diputados

V. Aportaciones voluntarias de retiro

Las aportaciones complementarias de retiro a la subcuenta correspondiente, a planes personales de retiro, o las aportaciones voluntarias a la subcuenta de aportaciones voluntarias que cumplan el requisito de permanencia.

El límite es hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin exceder el equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.

Esta es la única fracción del artículo 151 que no entra al límite global del 15%/5 UMA que se explica más abajo.

Si los recursos se retiran antes de cumplir los requisitos de permanencia —edad de 65 años, invalidez o incapacidad conforme a las leyes de seguridad social—, el retiro se vuelve ingreso acumulable.

Fuente: Artículo 151, fracción V, Ley del ISR · Diputados

VI. Seguros de gastos médicos

Las primas de seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de instituciones públicas de seguridad social, cuando el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o concubino, o sus ascendientes o descendientes en línea recta.

Fuente: Artículo 151, fracción VI, Ley del ISR · Diputados

VII. Transporte escolar obligatorio

Los gastos de transporte escolar de los descendientes en línea recta, pero solo cuando sea obligatorio conforme a las disposiciones del lugar donde está la escuela, o cuando la colegiatura lo incluya para todos los alumnos sin distinción.

El comprobante debe separar el monto del transporte del resto de la colegiatura, y el pago debe hacerse por los mismos medios que las fracciones I y II —cheque nominativo, transferencia o tarjeta—.

Fuente: Artículo 151, fracción VII, Ley del ISR · Diputados

VIII. Impuesto local sobre salarios

Los pagos del impuesto local sobre ingresos por salarios, cuando la tasa de ese impuesto no exceda del 5%.

Fuente: Artículo 151, fracción VIII, Ley del ISR · Diputados

El límite global: lo menor entre 5 UMA anuales o el 15% de tus ingresos

El artículo 151 cierra con la regla que más sorprende: la suma de todas las deducciones personales de este artículo —excepto la fracción V, aportaciones voluntarias de retiro— no puede exceder lo que resulte menor entre:

  • Cinco veces el valor anual de la UMA, o
  • El 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo los ingresos por los que no se paga impuesto.

En la práctica esto significa que aunque juntes comprobantes de honorarios médicos, donativos, intereses hipotecarios y transporte escolar por encima de ese tope, el excedente simplemente no se deduce.

Fuente: Artículo 151, último párrafo, Ley del ISR · Diputados

Colegiaturas: un estímulo aparte, con su propio tope por nivel

Las colegiaturas de escuelas particulares no están en el artículo 151. Es un estímulo fiscal distinto, creado por decreto presidencial, que por eso mismo no se suma al límite global del 15%/5 UMA —tiene sus propios topes, uno por cada nivel educativo:

Nivel educativoLímite anual deducible
Preescolar$14,200.00
Primaria$12,900.00
Secundaria$19,900.00
Profesional técnico$17,100.00
Bachillerato o equivalente$24,500.00

Aplica para el propio contribuyente, su cónyuge o concubino, y sus ascendientes o descendientes en línea recta, con la misma condición de ingresos que las fracciones I y II del artículo 151, y solo para escuelas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. El pago debe hacerse por cheque nominativo, transferencia o tarjeta, y la institución debe separar en el CFDI el monto que corresponde estrictamente a la enseñanza —no a inscripciones, reinscripciones, becas o apoyos económicos, que quedan fuera.

Si una misma persona cursa más de un nivel en el año, solo se aplica el límite del nivel más alto.

Fuente: Colegiaturas · Deducciones personales, SAT

Requisitos comunes que hacen perder la deducción

El motivo más común por el que el SAT rechaza una deducción personal no es el concepto, es la forma de pago o el comprobante:

  • Pagar en efectivo cuando la ley exige cheque, transferencia o tarjeta —aplica a honorarios médicos, gastos hospitalarios, transporte escolar y colegiaturas—.
  • No contar con CFDI a nombre del contribuyente que hace la deducción, expedido por quien presta el servicio.
  • No separar conceptos que la ley obliga a desglosar, como el transporte escolar dentro de la colegiatura.
  • Un uso del CFDI que no corresponde: cada concepto de este artículo tiene su propia clave D01-D10 en el catálogo c_UsoCFDI; si el emisor te facturó con G03, la factura no queda amarrada a la deducción que vas a presentar.

Para conservar y organizar los CFDI que respaldan estas deducciones —los tuyos como emisor, si facturas honorarios o servicios— revisa qué es el CFDI 4.0.

Preguntas frecuentes

¿Las aportaciones voluntarias de retiro entran al límite del 15%? No. La fracción V del artículo 151 está expresamente excluida del límite global; tiene su propio tope de 10% de ingresos acumulables sin exceder cinco UMA anuales.

¿Puedo deducir la colegiatura de mi hijo si ya deduje gastos médicos por el tope máximo? Sí, porque son dos límites independientes: el de colegiaturas es por nivel educativo y no se suma al 15%/5 UMA del artículo 151.

¿Deducir gastos médicos por discapacidad tiene el mismo tope que los gastos médicos normales? No. Los gastos derivados de una incapacidad o discapacidad certificada, igual o mayor al 50%, no están sujetos al límite global del último párrafo del artículo 151.

Conclusión

Las deducciones personales premian a quien guarda el comprobante correcto y paga por el medio correcto, más que a quien gasta más. Antes de presentar tu declaración anual, revisa que cada CFDI esté a tu nombre, que el pago no haya sido en efectivo cuando la ley lo prohíbe, y que la suma de tus deducciones del artículo 151 no rebase el menor entre el 15% de tus ingresos o cinco UMA anuales —recordando que colegiaturas y aportaciones voluntarias de retiro juegan con reglas propias.

Con Cofadix mantienes ordenados los CFDI que emites y recibes durante el año, listos para cuando llegue el momento de armar tu declaración anual. Comienza gratis →

Preguntas y comentarios

¿Tienes una duda sobre este tema? Déjala aquí. Los comentarios se revisan antes de publicarse.