Addenda del CFDI: qué es y cuándo se agrega
La Addenda es el nodo del CFDI reservado para información de uso privado entre emisor y receptor, que el SAT no valida en su contenido pero sí regula en el momento en que se incorpora.
Cuándo se usa
El Anexo 20 llama a este mecanismo “facilidad de ensobretado <Addenda>”: un nodo del CFDI que existe fuera del estándar de comprobante fiscal y de sus complementos, y que el SAT deja abierto para que emisor y receptor acuerden entre ellos qué información adicional necesitan. Fuente: Anexo 20 — Guía de llenado del CFDI · SAT (PDF)
El propio Anexo 20 da un ejemplo concreto: “en los CFDI que se expidan derivados de la celebración de contratos de obras públicas y/o inmuebles, las penalizaciones o incumplimientos a dichos contratos, se podrán incluir en la Addenda”. Es decir, datos de la relación contractual entre las partes, que no forman parte de los requisitos fiscales del comprobante. Fuente: Anexo 20 — Guía de llenado del CFDI · SAT (PDF)
Lo que sí regula el SAT es el momento en que la Addenda puede incorporarse: la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 establece que “deberán integrarse […] una vez que el SAT, o el PCCFDI, hayan validado el comprobante y le hubiese otorgado el folio correspondiente”. La Addenda se agrega después de que el CFDI ya fue timbrado, nunca antes. Fuente: Resolución Miscelánea Fiscal 2026 · SAT
La misma RMF autoriza usos sectoriales concretos: aseguradoras y afianzadoras pueden incluir ahí las erogaciones de coaseguro o reaseguro, e instituciones de crédito y casas de bolsa pueden usarla para erogaciones deducibles conforme a las disposiciones fiscales. Fuente: Resolución Miscelánea Fiscal 2026 · SAT
Cómo encaja este nodo dentro de la estructura general del comprobante está en ¿Qué es un CFDI 4.0?.
Ejemplo
Así se distingue la Addenda de un complemento del SAT:
| Aspecto | Complemento | Addenda |
|---|---|---|
| Quién define su estructura | El SAT | El emisor y el receptor |
| El SAT valida su contenido | Sí | No |
| Momento de incorporación | Durante la generación del CFDI | Después de que el CFDI ya tiene folio |
Fuente de las filas “Quién define su estructura” y “El SAT valida su contenido”: Anexo 20 — Guía de llenado del CFDI · SAT (PDF) Fuente de la fila “Momento de incorporación”: Resolución Miscelánea Fiscal 2026 · SAT
Error común
Incorporar la Addenda antes de que el CFDI sea timbrado, tratándola como si fuera un complemento más del proceso de generación. La Resolución Miscelánea Fiscal es clara en que esta facilidad se integra únicamente después de que el SAT o el PAC ya validaron el comprobante y le asignaron folio, precisamente porque el contenido de la Addenda no forma parte de lo que se certifica.
Guía completa: leer el artículo
En Cofadix: ver cómo se hace
Términos relacionados
- Complemento — Un complemento es un bloque de información adicional, definido por el SAT para un sector o actividad específica, que se incorpora al nodo Complemento del CFDI además de sus datos generales.